jueves, 17 de julio de 2014

Código Penal: La escala de las penas

En el código penal español podemos ver como las penas a aplicar para determinados hechos delictivos va en aumento dependiendo de la gravedad de las conductas. No será la misma pena a aplicar a aquella persona que hurta un monedero en el metro que la pena que se deberá imponer a un individuo que asalta un banco con un arma de fuego.



Esta proporcionalidad no es más que una garantía, en primer término para la sociedad, ya que así no impide que se aumente el numero de actos delictivos, pero si que consigue que estos sean de un grado de violencia menor (y que por tanto, generen menos inseguridad ciudadana). Pero también será una garantía para el autor del acto delictivo, ya que siendo conocedor de la sanción que tendrá siempre podrá desistir de cometer el acto delictivo o bien decidir no cometer otros actos que agravarían su situación frente a un tribunal.

El mayor ejemplo de la escala de la pena, y de las garantías para los autores la encontramos en el caso del homicidio.

En comparación con otros países en España se ha optado por no hacer uso de la cadena perpetua ni de la pena de muerte, y se establece para el autor de un homicidio una pena de 10 a 15 años.

“Artículo 138.
El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años.”

En algunas regiones de Estados Unidos, el homicidio (en según qué circunstancias) tiene una pena capital.



¿Qué persigue el código español con esta condena (tan laxa comparada con la de estados unidos)? Evitar que una persona que cometa un homicidio llegue a un nivel máximo de condena.

Pongamos un ejemplo:

En España un individuo decide asaltar un banco con un arma de fuego (robo con violencia). Durante el transcurso del asalto golpea a un guardia jurado fracturándole la nariz (delito de lesiones). Una vez consigue el dinero y sale por la puerta dispara a otro vigilante de seguridad, que resulta muerto. En este momento llega la policía y al autor se le presentan 2 posibilidades: Rendirse o seguir con la violencia para huir.

En este caso, el individuo habría incurrido en 3 delitos: 
- Robo con violencia.
- Delito de lesiones .
- homicidio.

Estos delitos concursarían entre ellos y darían lugar a una pena determinada.



Si este individuo valora la situación y conoce que será sancionado con una pena que va de 10 a 15 años por el homicidio, puede decidir deponer su actitud, ya que si sigue disparando y comete algún otro homicidio la pena se puede ampliar. Para el autor es un simple ejercicio de matemáticas, 1 persona = 10 años. Poniendo en una balanza el riesgo y el resultado seguramente le será más provechoso dejar de ejercer violencia que no intentar huir cometiendo algún otro homicidio.

En el caso que esta situación se diera en las regiones de Estados Unidos donde la pena de muerte está vigente, las posibilidades que se le plantean al autor son muy distintas. En el momento que asalta el banco con arma de fuego, hiere a un vigilante y mata a otro la pena a aplicar es la pena de muerte. Por tanto, teniendo la seguridad que será condenado a una pena máxima y contraria a la vida, el individuo probablemente tomará la decisión de intentar huir del lugar por todos los medios disponibles, con la aplicación de la violencia que esto necesita (disparar a policías, coger a alguien de escudo humano) con lo que el balance de 1 herido y 1 muerto podría derivarse en algunos muertos más.



Confrontando las dos situaciones podemos entender por qué es positivo que el código penal contemple unas penas proporcionadas a los actos cometidos y podamos considerarlo como una garantía tanto para la sociedad como para aquellas personas que cometen estos actos delictivos.

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Hèctor Monclús Haro
Estudiante de Criminologia UOC
Administrador de Criminologia de estar por casa
Contacto: hector.monclus@gmail.com


3 comentarios:

  1. Se me olvidaba en mi opinión no queda demasiado adecuada la foto de portada( la del fuego) y el fondo negro.. Creo que esa parte visual debería mejorarse, en mi opinión. Gracias.

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  2. Muy bien explicado. Claro y directo. Pequeña explicación y ejemplo de la efectividad de la abolición de las penas de muerte.

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  3. Gracias por vuestros comentarios! Todo nos sirve para mejorar!

    Y si os animáis a escribir algun artículo...lo comentamos en criminologiadeestarporcasa@gmail.com

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