En el código
penal español podemos ver como las penas a aplicar para determinados hechos
delictivos va en aumento dependiendo de la gravedad de las conductas. No será
la misma pena a aplicar a aquella persona que hurta un monedero en el metro que
la pena que se deberá imponer a un individuo que asalta un banco con un arma de
fuego.
Esta
proporcionalidad no es más que una garantía, en primer término para la
sociedad, ya que así no impide que se aumente el numero de actos delictivos, pero si que consigue que estos sean de un grado de violencia menor (y que por tanto, generen menos inseguridad ciudadana). Pero también será una garantía para el autor del
acto delictivo, ya que siendo conocedor de la sanción que tendrá siempre podrá
desistir de cometer el acto delictivo o bien decidir no cometer otros actos que
agravarían su situación frente a un tribunal.
El mayor ejemplo
de la escala de la pena, y de las garantías para los autores la
encontramos en el caso del homicidio.
En comparación
con otros países en España se ha optado por no hacer uso de la cadena perpetua
ni de la pena de muerte, y se establece para el autor de un homicidio una pena
de 10 a 15 años.
“Artículo 138.
El que matare a otro será castigado, como reo de
homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años.”
En algunas
regiones de Estados Unidos, el homicidio (en según qué circunstancias) tiene
una pena capital.
¿Qué persigue el
código español con esta condena (tan laxa comparada con la de estados unidos)?
Evitar que una persona que cometa un homicidio llegue a un nivel máximo de
condena.
Pongamos un
ejemplo:
En España un
individuo decide asaltar un banco con un arma de fuego (robo con violencia).
Durante el transcurso del asalto golpea a un guardia jurado fracturándole la
nariz (delito de lesiones). Una vez consigue el dinero y sale por la puerta
dispara a otro vigilante de seguridad, que resulta muerto. En este momento
llega la policía y al autor se le presentan 2 posibilidades: Rendirse o seguir
con la violencia para huir.
En este caso, el
individuo habría incurrido en 3 delitos:
- Robo con violencia.
- Delito de lesiones .
- homicidio.
Estos delitos concursarían entre ellos y darían lugar a una pena
determinada.
Si este individuo
valora la situación y conoce que será sancionado con una pena que va de 10 a 15
años por el homicidio, puede decidir deponer su actitud, ya que si sigue
disparando y comete algún otro homicidio la pena se puede ampliar. Para el
autor es un simple ejercicio de matemáticas, 1 persona = 10 años. Poniendo en
una balanza el riesgo y el resultado seguramente le será más provechoso dejar
de ejercer violencia que no intentar huir cometiendo algún otro homicidio.
En el caso que
esta situación se diera en las regiones de Estados Unidos donde la pena de
muerte está vigente, las posibilidades que se le plantean al autor son muy
distintas. En el momento que asalta el banco con arma de fuego, hiere a un
vigilante y mata a otro la pena a aplicar es la pena de muerte. Por tanto,
teniendo la seguridad que será condenado a una pena máxima y contraria a la
vida, el individuo probablemente tomará la decisión de intentar huir del lugar por todos los medios disponibles,
con la aplicación de la violencia que esto necesita (disparar a policías, coger
a alguien de escudo humano) con lo que el balance de 1 herido y 1 muerto podría
derivarse en algunos muertos más.
Confrontando las
dos situaciones podemos entender por qué es positivo que el código penal
contemple unas penas proporcionadas a los actos cometidos y podamos considerarlo
como una garantía tanto para la sociedad como para aquellas personas que
cometen estos actos delictivos.
------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Hèctor Monclús Haro
Estudiante de Criminologia UOC
Administrador de Criminologia de estar por casa
Contacto: hector.monclus@gmail.com
Se me olvidaba en mi opinión no queda demasiado adecuada la foto de portada( la del fuego) y el fondo negro.. Creo que esa parte visual debería mejorarse, en mi opinión. Gracias.
ResponderEliminarMuy bien explicado. Claro y directo. Pequeña explicación y ejemplo de la efectividad de la abolición de las penas de muerte.
ResponderEliminarGracias por vuestros comentarios! Todo nos sirve para mejorar!
ResponderEliminarY si os animáis a escribir algun artículo...lo comentamos en criminologiadeestarporcasa@gmail.com